Región de Murcia
La oportunidad que los murcianos desconocen para salir de bancarrota
En Murcia pocas personas se acogen a la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo legal que permite renegociar deudas o librarse de parte de ellas
Hay un mecanismo legal al que pocos murcianos se acogen pero que, sin embargo, se ha revelado como muy útil para renegociar deudas y dar a las personas físicas una tabla de salvación ante una bancarrota o una situación financiera difícil de levantar. Se trata de la Ley de Segunda Oportunidad, en vigor desde 2015 y que ha recibido un impulso importante en julio de este 2019.
Según los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística, en la Región de Murcia en 2018 solo se registraron 43 concursos en personas físicas sin actividad empresarial, de un total de 1.760 en España, aunque únicamente se hace referencia a los que llegan a fase concursal y no se contabilizan los que se resuelven vía extrajudicial o los que se encuentran en una fase de procedimiento previa. Aún así, proporcionalmente, se trata de una cifra muy baja respecto a la media nacional.
José Simarro es murciano, abogado especializado en procesos concursales, y fundador de segundaoportunidadmurcia.com. Recuerda que el objetivo de esta Ley es que “una persona física tenga la oportunidad de encarrilar de nuevo su vida” y repasa el impulso dado este verano ya que la decisión del Tribunal Supremo va a permitir exonerar hasta el 70% de las deudas contraídas con Hacienda, algo que al principio no se contemplaba.
¿Cómo iniciar el procedimiento?
Las dudas y el desconocimiento son los dos grandes enemigos en el momento de iniciar este procedimiento. El tiempo juega en contra por lo que la primera recomendación es iniciar cuanto antes el procedimiento una vez que estemos en situación de no poder pagar ya a los acreedores, para de esa manera evitar el devengo de intereses o reclamaciones.
Explica Simarro que el primer paso es solicitar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Aquí se busca negociar con los acreedores y establecer un calendario de pagos viable. En caso de no alcanzar un acuerdo el siguiente paso es declararse en quiebra y solicitar la apertura de un procedimiento concursal, algo que se puede hacer de manera voluntaria ante retrasos en pagos a la Administración o proveedores de suministros.
Celebrar un acuerdo extrajudicial es fundamental ya que un requisito indispensable es que el deudor acredite buena fe, para lo que hay que cumplir una serie de condiciones como no haber sido condenado por delitos contra el Patrimonio, Hacienda o contra los derechos de los trabajadores.
Si la negociación con los acreedores no llega a buen puerto se abre la vía judicial en la que se nombrará un administrador concursal que hará inventario del patrimonio del deudor con el objetivo de poder vender bienes que permitan liquidar la deuda. Las que no se consigan cubrir después de eso quedarán exoneradas, aunque no olvidadas, por lo que los acreedores podrán reclamarlas en el futuro si el deudor tuviese capacidad para hacerlas frente.
De esta forma las personas físicas, ya sean sin actividad empresarial o autónomos, disponen de un salvavidas legal que permite salir de un situación económica crítica.