Lorca
El Ayuntamiento de Lorca establece recomendaciones para esta época de rebajas
José Ángel Ponce ha recordado que “existe un servicio gratuito de asesoramiento y reclamación en materia de consumo en la Oficina Municipal de Información al Consumidor, al que se puede acudir ante cualquier incidencia”.
9 de enero. El concejal de Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Lorca, José Ángel Ponce, ha puesto en conocimiento de la sociedad lorquina una serie de recomendaciones a la hora de comprar en el periodo de rebajas.
Ponce ha explicado que “con motivo del tradicional periodo de rebajas de invierno que ha comenzado esta semana, desde la Concejalía de Sanidad y Consumo queremos recordar los derechos de los consumidores a la hora de beneficiarse de estos descuentos”.
l Edil ha detallado que “entendemos que existe venta en rebajas cuando los artículos de venta habitual en los comercios se ofertan, realmente, a un precio inferior al anteriormente establecido. Por el contrario, no se admitirá la calificación de rebajas a aquellos productos no puestos a la venta con anterioridad, así como la de productos deteriorados o adquiridos con objeto de ser vendidos a precio inferior al ordinario”.
José Ángel Ponce ha continuado indicando que “en la oferta de artículos con reducción de precio, deberá figurar con claridad en cada uno de ellos, el precio anterior junto con el precio reducido, salvo que se trate de artículos puestos a la venta por primera vez, y se entenderá por precio anterior, el menor que hubiese sido aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes”.
“La duración de cada periodo de rebajas estará establecida libremente por el criterio de cada comerciante pero tendrá que quedar claramente especificado en los anuncios de las ventas y, en su caso, las reglas especiales aplicables a las mismas”, ha indicado el concejal.
Ponce Díaz ha explicado, además, que “los productos ofertados en la venta en rebajas deben tener la misma garantía e idéntica protección en cuanto a devoluciones o reintegros de cantidades abonadas que durante las ventas ordinarias”.