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Cuáles son las condiciones para la jubilación anticipada y cómo solicitarla
Cuatro de cada diez españoles se jubilan de forma anticipada en nuestro país desde hace diez años. Representan 1,24 millones de jubilaciones (41%) de los 3,02 millones de altas de jubilación que ha habido en total, en la década de va desde julio de 2010 hasta julio de 2020. Y si usted cumple con todos los requisitos legales exigidos hoy en día, puede ser uno más de ellos.
Cuáles son las condiciones para la jubilación anticipada y cómo solicitarla depende de las circunstancias particulares de cada interesado. Como es sabido, el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha anunciado en una de las últimas reuniones del Pacto de Toledo que quiere provocar un “cambio de tendencia”, ya que en la actualidad hay un número creciente de jubilaciones anticipadas (voluntarias o forzosas), mientras que el de las jubilaciones demoradas se ha estancado.
Los principales esfuerzos del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social van a estar dirigidos, dice Escrivá, a reducir la diferencia que se produce anualmente entre las jubilaciones anticipadas (voluntarias o involuntarias) y las jubilaciones en edad legal de jubilación o con edades posteriores a ésta.
Estas últimas jubilaciones suponen 1.782.865 personas con la edad legal de jubilación o por encima de dicha edad legal (el 59% restante).
Jubilación anticipada: ¿puedo obtenerla?
La jubilación anticipada es la que se produce cuando una persona accede a ella antes de cumplir la edad legal estipulada. Puede ser de dos clases: la voluntaria y la involuntaria. En ambos casos, hay que cumplir con una serie de requisitos.
Lo primero que hay que saber es que en el año 2027 la edad de jubilación en España será de 67 años y que, hasta dentro de siete años, en que esto se produzca, rige en nuestro país un periodo transitorio, que se inició en 2013.
Este régimen transitorio tomó como punto de partida los 65 años de la edad legal de jubilación que había establecida entonces (2013), y viene demorando el horizonte de dicha jubilación, a razón de un mes por cada año transcurrido, desde 2013 hasta 2018, y de dos meses por año desde 2018 hasta 2027. Así sucesivamente, hasta llegar a la edad legal de jubilación en España a los 67 años.
Jubilación anticipada involuntaria
Si usted es autónomo, puede saltarse los párrafos de este apartado, pues no puede acogerse a esta modalidad.
La jubilación anticipadainvoluntaria se produce por un despido a la persona cuando ésta tiene una edad cercana a la de jubilación establecida por la ley. Se puede solicitar con cuatro años menos de la edad establecida, como máximo.
Por ejemplo, tomando los 67 años como la edad mínima para la jubilación, una persona puede solicitar esta jubilación anticipada involuntaria cuando tiene 63 años (o más). Pero debe de haber cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 33 años y los autónomos no pueden acogerse a ella.
Jubilación anticipada voluntaria
La jubilación anticipada es voluntaria si accedemos a ella porque queremos dejar de trabajar un poco antes (hasta dos años antes) por propia voluntad, sin el concurso de ninguna causa por fuerza mayor (despido o accidente incapacitante).
En la actualidad, una persona se puede jubilar de manera anticipada siempre que haya cotizado 35 años a la Seguridad Social, como mínimo, y que la pensión que le salga a cobrar cada mes, una vez que sean aplicados una serie de coeficientes reductores por adelantar la jubilación, supere la pensión mínima establecida.
Esta fórmula sí que es válida para todos aquellos que estén afiliados a la Seguridad Social, incluyendo a los autónomos.
Jubilación en caso de discapacidad
En el caso de aquellos trabajadores que sufran una discapacidad, las condiciones de jubilación cambian.
Los que sufran una discapacidad de al menos el 45% y que hayan cotizado en esas condiciones un mínimo de 15 años pueden jubilarse desde los 56 años.
Los que tengan una discapacidad de al menos el 65% pueden anticipar su jubilación tres meses por cada año cotizado en dichas condiciones.
Los que superen un grado de discapacidad del 65% y acrediten que necesitan la ayuda de otra persona para la vida diaria pueden anticipar su jubilación seis meses por cada año cotizado en dichas condiciones.
Nota importante: nunca podrá jubilarse nadie de ninguno de estos colectivos antes de los 52 años. La pensión que cobrarán tras solicitar la jubilación anticipada no se verá afectada, con lo que no perderán dinero.
Jubilación anticipada: ¿pierdo dinero?
Salvo lo expuesto en el punto anterior (aquellos que sufren una discapacidad que supere el 45%), todo aquel que se jubile antes de que le corresponda legalmente sufrirá una pérdida de dinero en su pensión.
Cada trimestre adelantado se resta un porcentaje del total de la pensión que correspondería si se hiciera con la edad establecida por la ley y este recorte se mantiene durante toda la jubilación.
Los coeficientes reductores que se aplican a la pensión por jubilación dependen de la edad y de los años cotizados. En la jubilación anticipada voluntaria, la reducción oscila entre el 6,5% y el 8% al año. En la involuntaria, la cuantía puede disminuir entre un 6,5% y un 7,5% al año.