Historia y patrimonio
El alcalde anuncia un plan para la reedificación forzosa de un centenar de solares vacíos del casco antiguo de Lorca
‘Resurgir de la vieja ciudad’ arrancará en la calle del Álamo y continuará en Cava, Selgas, Fernando el Santo y Alfonso X el Sabio y sus calles adyacentes
Estos espacios vacíos, calificados como uso residencial, tienen una edificabilidad de casi 40.000 metros cuadrados techo, lo que derivaría en más de 360 viviendas nuevas
Gil Jódar: “Vamos a dar cumplimiento a la Ley que implica a sus propietarios no solo facultades o derechos, sino también obligaciones y deberes, pudiéndose establecer límites, siempre en aras del interés general y por razones de interés público”
11 de octubre de 2023. En la calle del Álamo se anunciaba este miércoles la puesta en marcha de un plan para la reedificación forzosa del conjunto histórico. ‘Resurgir de la vieja ciudad’ es un “punto de inflexión que pretende revertir la tendencia del recinto monumental y lograr no solo su recuperación y puesta en valor sino devolverle la vida con casi medio millar de nuevas familias”, anunciaba el alcalde, Fulgencio Gil Jódar.
Lo hacía en la confluencia de las calles del Álamo y Almirante Aguilar y frente a uno de los solares vacíos con fachadas ‘apeadas’ que se verán afectados por la medida. “Es quizás uno de los proyectos más ambiciosos de este equipo de Gobierno que pretende en un corto plazo de tiempo llenar esos espacios vacíos de grúas que promuevan su reconstrucción”, señalaba, en compañía de la edil de Urbanismo, María Hernández, y la jefa de Planeamiento, María García.
Los técnicos de Urbanismo han realizado un estudio pormenorizado de todos los solares vacantes, sin edificar del recinto histórico de la ciudad. “Tres son solares existentes antes del año 2000, que es cuando se aprueba definitivamente el Pepri, y 104 surgen tras esa fecha. De ellos, 86 son producto de los episodios sísmicos de 2011”, detallaba Gil Jódar.
Los solares vacíos, calificados como uso residencial, “tienen una edificabilidad aproximada de casi 40.000 metros cuadrados techo, lo que derivaría en más de 360 viviendas nuevas que se construirían en el recinto histórico de la ciudad”.
‘Resurgir de la vieja ciudad’, abarcará, inicialmente, tres áreas diferenciadas. Zona A, eje calle del Álamo y adyacentes; Zona B, eje calle de la Cava y adyacentes; y Zona C, eje Selgas, Fernando el Santo y Alfonso X el Sabio. “Todas ellas, están interconectadas a través de la Plaza de España, donde se emplaza el Ayuntamiento, la antigua colegial de San Patricio, las Salas Capitulares, el Palacio de Justicia y la Casa del general Potouse. En consecuencia, es el espacio público más relevante de la ‘vieja ciudad’ desde el punto de vista histórico, institucional, funcional y simbólico”, destacaba el alcalde.
Cuentas con características edificatorias muy diferentes, por corresponder en épocas pasadas, a una vecindad con niveles económicos distintos. En el Área de Rehabilitación Preferente de Selgas, se conservan grandes casas de una sola familia junto a costeadas viviendas de vecinos, mientras que, en el Área de Rehabilitación Preferente de Cava, las fincas son más modestas, de una superficie menor, como corresponde a una población con menor poder adquisitivo.
Sin embargo, las tres áreas tienen una problemática común que “ya existía antes del terremoto. Una tendencia a la despoblación por los desequilibrios de servicios y equipamientos que ofrecían los nuevos barrios y que se vieron incrementados por los efectos del seísmo”, significaba. Y el patrimonio edificado se encuentra “muy degradado, desocupado en una proporción alta y vienen produciéndose demoliciones como consecuencia de la inseguridad y mal estado de conservación de las edificaciones”.
Estas tres áreas configuran las principales vías del casco antiguo que fue declarado conjunto histórico artístico el 5 de marzo de 1964, siendo el primero de la Región de Murcia con este reconocimiento. Y detallaba que “el siguiente casco histórico en recibir esta catalogación fue la ciudad de Murcia el 6 de febrero de 1976”.
La Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 obliga a los municipios a elaborar un plan de protección del conjunto histórico artístico. En él, se definen las medidas de conservación y protección de todo el conjunto. En Lorca, el Plan Especial de Protección y Rehabilitación Integral, Pepri, fue aprobado en 2000. Estando en proceso de aprobación actualmente el Peprich.
Tras los terremotos de mayo de 2011 la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca pusieron en marcha una serie de acciones para propiciar la reconstrucción. Sin embargo, el régimen de ayudas establecido resultó insuficiente para conseguir el objetivo de la total reconstrucción, ante la dificultad de aunar las voluntades de los propietarios de edificaciones demolidas que debían proceder a su reedificación.
No lograban alcanzar acuerdos unánimes, por lo que fue necesaria la utilización la “utilización de medidas de ejecución obligatoria como el procedimiento de expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad, habiéndose acometido la expropiación de 105 cuotas de propiedad que permitieron su reconstrucción”, recordaba.
Esa figura, insistía, es la que se pretende recuperar para que la vieja ciudad “resurja como lo hizo Lorca tras el terremoto”. Y detallaba que “se ha sobrepasado el plazo máximo establecido en el plan urbanístico respecto al deber de los propietarios de edificar, por lo que se abre la posibilidad de realizar la declaración de incumplimiento”.
La función social de la propiedad “implica para su titular no solo facultades o derechos, sino también obligaciones y deberes, pudiéndose establecer límites, siempre en aras del interés general y por razones de interés público”.
El artículo 49. 1. De la Ley del Suelo, establece que ‘El incumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley habilitará a la Administración actuante para decretar, de oficio o a instancia de interesado, y en todo caso, previa audiencia del obligado, la ejecución subsidiaria, la expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad, la aplicación del régimen de venta o sustitución forzosa…’.
Y el 235 que ‘Los propietarios de parcelas están obligados a edificarlas en los plazos previstos por el planeamiento y, en su defecto, en el plazo de cinco años desde que la parcela merezca la condición de solar’.
“El estudio realizado muestra unos terrenos clasificados como Suelo Urbano Consolidado, que ha alcanzado la condición de solar. En el Pepri se establece su desarrollo en tres etapas, siendo el plazo máximo para su desarrollo de 10 años desde la entrada en vigor del mismo. A día de hoy, el plazo está vencido”, indicaba el alcalde.
Lo que se pretende, apuntaba, es “iniciar la reedificación de los solares de la primera de las áreas de rehabilitación preferente, la de la calle del Álamo y adyacentes, lo que llevará a una sinergia no solo en las otras dos áreas previstas, sino en todo el conjunto. Y mientras, se aplicarán nuevas iniciativas para mejorar todo el entorno de la vieja ciudad”.
“No hay fechas previstas, aunque la intención es agilizar la propuesta para que las primeras grúas puedan verse en los solares en un horizonte de poco más de un año. ‘Resurgir de la vieja ciudad’ será aprobado este viernes por la Junta de Gobierno Local”, concluía.