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La Comunidad abre el plazo para solicitar las ayudas de alquiler que podrán alcanzar un máximo de 300 euros al mes

Región de Murcia

La Comunidad abre el plazo para solicitar las ayudas de alquiler que podrán alcanzar un máximo de 300 euros al mes

Las subvenciones cuentan con un presupuesto 3 millones de euros

La Comunidad abre hoy el plazo de solicitud de las nuevas ayudas al alquiler de vivienda habitual en la Región de Murcia, que finaliza el 1 de marzo de 2025. Se pueden presentar solicitudes de ayudas con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2022 y el período de concesión se adaptará a la vigencia del contrato objeto de la ayuda, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2025.

El consejero de Fomento e Infraestructuras, Jorge García Montoro, informó de que las cuantías máximas de las ayudas podrán ascender hasta los 300 euros en caso de vivienda y 150 euros, en caso de habitación. El nuevo programa de subvenciones cuenta con un presupuesto de 3 millones de euros.

Las solicitudes se pueden presentar de manera telemática y presencial en los registros de atención al ciudadano y en la propia Consejería de Fomento e Infraestructuras, mediante cita previa que se puede solicitar en el teléfono gratuito 012.

Las ayudas están dirigidas especialmente a familias numerosas y también podrá solicitarla quien tenga un contrato de alquiler de su vivienda habitual y no supere una renta de tres veces el IPREM. Las personas con discapacidad, familias numerosas de categoría general y víctimas del terrorismo podrán disponer de una renta de cuatro veces el IPREM y cinco veces esos ingresos las personas con discapacidad igual o mayor al 33 por ciento y las familias numerosas de categoría especial.

Los requisitos se pueden consultar en la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Documentación

Además de la solicitud de ayuda complementada, que se puede descargar en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma (procedimiento 4330), los solicitantes tienen que presentar el contrato de alquiler en vigor; una nota simple del Registro de la Propiedad, el certificado de empadronamiento y los justificantes de pago de la renta desde el 1 de enero de 2022 o fecha de inicio del contrato hasta la fecha de la solicitud.

Redacción de Periódico EL LORQUINO Noticias.

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