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Pequeña guía para emigrar de Argentina a España

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Pequeña guía para emigrar de Argentina a España

Los emigrantes que quieren dejar su país por cualquier motivo, ya sea por falta de oportunidades laborales en su patria o por razones personales, deben conocer cuáles son los requisitos y trámites que deberán cumplir para estar en una situación legal y poder emprender una nueva vida en el lugar de destino. Este artículo es una guía básica para los argentinos que quieren venir a España

Son muchos los argentinos interesados en venir a España, pero no solo como meros turistas, sino para quedarse a vivir aquí. En este artículo, se van a ver una serie de requisitos comunes tanto para aquellos que quieren pasar unas vacaciones en España como para aquellos otros que quieren quedarse durante un largo periodo, incluso de forma indefinida.

En principio, los turistas que tan solo quieren pasar unas vacaciones, solo tendrán que disponer de un pasaporte, o documento de viaje, válido y en vigor. Los argentinos no necesitan visado para viajar a España si la estancia es inferior a tres meses. Si se diera alguna otra circunstancia extraordinaria, se deberá solicitar otro tipo de documentos, como justificante de lugar de hospedaje, billete de vuelta, seguro médico internacional…

Requisitos para los argentinos que quieren vivir en España

Este apartado de requerimientos está enfocado a informar a aquellos argentinos que quieren quedarse en España durante más de tres meses. Aquí, en esta página de trámites, pueden completar la información los interesados.

Visas

Las visas para vivir en España son las siguientes: de residencia para trabajo por cuenta ajena, de residencia para trabajo por cuenta propia o de residencia para estudios, formación o investigación. Para todas ellas habrá que seguir el procedimiento indicado por las autoridades y contar con los documentos en regla que se soliciten. He aquí un enlace para conocer los requisitos para la visa de larga duración.

Empadronamiento

El empadronamiento es el documento que acredita el tiempo de permanencia en territorio español, sin tener en cuenta la nacionalidad o la situación legal. La inscripción en el Padrón solo acredita como vecino del municipio. Los extranjeros que no estén todavía legalmente en el país, o que tengan su visa de residencia en trámite, no deben temer empadronarse, pues el ayuntamiento no se encarga se realizar ese tipo de controles.

Este documento, con posterioridad, puede ayudar en situaciones en las que debe demostrar un tiempo de residencia y arraigo social para poder conseguir la tarjeta de residencia definitiva.

NIE

El NIE es el número de identificación de extranjeros. Es un documento único, personal y exclusivo que todos los extranjeros en España deben poseer para identificarse ante las autoridades y ante la administración pública para poder realizar todos los trámites necesarios.

El NIE se concede en España, de oficio, por la Dirección General de la Policía en España, siempre que el extranjero que lo solicite no se encuentre en España en situación ilegal y comunique los motivos por los que quiere estar en posesión de dicho documento.

Los extranjeros, cuyos intereses económicos, profesionales o sociales estén relacionados con España, podrán solicitarlo personalmente a la Dirección General de la Policía o, si en el momento de llevar a cabo la petición no estuviese en España, a la Embajada o al Consulado.

Abrir una cuenta bancaria

En cualquier sociedad capitalista, el extranjero que resida en ella deberá contar con una cuenta bancaria. Le será necesaria para multitud de trámites, como la domiciliación de recibos, pero también para poder ingresar la nómina en el momento en que acceda al mercado laboral.

Gracias a la era digital, el proceso de abrir una cuenta es cada día más sencillo. Los interesados podrán acceder a cada uno de los bancos en los que estén interesados para estudiar las condiciones qué ofrecen, ver cuál les resulta más favorable a sus intereses y, posteriormente, iniciar los trámites y el papeleo que les sea requerido.

Cada banco informará detalladamente de las condiciones que piden para la apertura de la cuenta a extranjeros, que varía de una entidad a otra y de si la cuenta va a nombre de una persona física o de una persona jurídica.

Como norma general, e independientemente de la nacionalidad, se debe acreditar la situación de residente o no residente para abrir una cuenta en un banco español. Si a se ha formalizado la residencia y se cuenta con la tarjeta, tan solo habrá que presentarla.

En el caso de no ser residente, suelen existir dos opciones.

La primera de ellas es solicitar en la Dirección General de la Policía un certificado de no residencia y acudir con el pasaporte y este certificado al banco donde se quiera abrir la cuenta.

La segunda opción es ir al banco directamente con el pasaporte y que sea el propio banco el que solicite el certificado de no residencia, para lo que se deberá firmar una autorización para permitir a la entidad llevar a cabo este trámite. La cuenta empezará a ser operativa en el momento en el que el banco reciba el certificado.

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Redacción de Periódico EL LORQUINO Noticias.

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