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¿Cómo es el proceso de declaración de una minusvalía o discapacidad?

Redacción: Ana Martínez Perán - Periódico El Lorquino

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¿Cómo es el proceso de declaración de una minusvalía o discapacidad?

Se define minusvalía o discapacidad todas aquellas deficiencias físicas o mentales que impiden que una persona pueda desarrollar su vida de forma normalizada. Estas situaciones provocan que las personas que la sufren interactúen con diversas barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones como las demás.

La discapacidad o minusvalía no guarda relación directa con la incapacidad o invalidez permanente laboral, pero sí puede influir en las patologías determinantes de una y otra para la concesión de esta última. En cualquier caso, para recibir la concesión de invalidez permanente laboral es necesario haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo de tiempo mínimo.

Los diferentes grados de discapacidad

El grado de discapacidad consiste en el reconocimiento de esa minusvalía por el órgano competente, la Comunidad Autónoma. Existen varios grados establecidos en la normativa vigente, el Real Decreto Legislativa 1/2013 de 29 de noviembre, a través del cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Las personas que sufren una minusvalía son reconocidas y valoradas por un Equipo de Valoración y Orientación, formado por un profesionales médicos, psicólogos e incluso técnicos en orientación laboral y pedagogos, para valorar la discapacidad física, sensorial, psíquica y los valores sociales.

Las personas con discapacidad, a efectos de políticas de empleo, son aquellas a las que se les ha reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En cualquier caso, se consideran afectados por una discapacidad en grado o superior al 33% todos los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.

Reciben también esta protección los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Para gestionar la discapacidad, el interesado debe acudir a los centros base dependientes de las comunidades autónomas y completar una solicitud para ser reconocidos y someterse a las pruebas pertinentes.

En caso de obtener el grado de discapacidad, que existen varios como podemos comprobar en este enlace del Grupo Médico Durango, el receptor tiene derecho a recibir una ayuda de los distintos organismos comunitarios o estatales que llega incluso a la exención en determinados impuestos.

Es recomendable que el solicitante de discapacidad consulte con la comunidad autónoma los beneficios sociales correspondientes: ayudas económicas, fiscales y laborales.

Beneficios sociales de las personas con grado de discapacidad

A nivel general, y sin entrar en detalles, las personas que tienen reconocido un grado de discapacidad suficiente para ser beneficiarios de ayudas estatales y comunitarias tienen derecho a la adaptación de su puesto de trabajo, la adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público, el acceso a medidas de fomento del empleo para personas en su situación, el acceso a la vivienda de protección pública, la jubilación anticipada, recursos y apoyos educativos y una pensión no contributiva por invalidez.

Todos estos beneficios se otorgan como medida para integrar a estas personas en la sociedad, pues debido a su condición física o mental no acceden con igualdad a oportunidades de empleo, desarrollo personal y social.

¿Cómo iniciar procedimientos para la revisión del grado de discapacidad?

En ocasiones ocurre que la comunidad autónoma en cuestión dicta una resolución oficial concediendo un grado de discapacidad inferior al que considera oportuno el ciudadano. En esas situaciones, el ciudadano tiene la posibilidad de recurrir la resolución.

El primer paso es una reclamación previa a iniciar la vía judicial laboral. La reclamación deberá estar convenientemente fundamentada, con pruebas suficientes que supongan que el órgano que decide sobre la discapacidad ha cometido un error en la apreciación de las lesiones.

Si la comunidad autónoma desestima esta reclamación, la única alternativa que queda es acudir a los juzgados de lo Social en un plazo de 30 días tras la resolución. La reclamación previa es un escrito que no ha de ser presentado mediante abogado, pero siempre es conveniente hacerlo a través de un letrado, para fundamentar adecuadamente la reclamación de revisión conforme a lo establecido en la normativa vigente.

La vía judicial es siempre más prolongada en el tiempo que la reclamación previa. En este caso sí es imprescindible contar con la asesoría de un equipo jurídico, pero siempre es mejor optar por un equipo especializado en discapacidad o minusvalía que contratar los servicios de un abogado de divorcios en Alicante.

El Derecho incluye muchas ramas, de modo que los profesionales de esta disciplina hacen bien en especializarse y profundizar conocimientos en las áreas que más atractivas les resulten. El interés último de los abogados especialistas en discapacidad no es otro que ayudar a conseguir la igualdad de oportunidades real en la sociedad y ofrecer a las personas con minusvalía esa ayuda que les equipare al resto de la comunidad.

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