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¿Cómo se pueden solucionar los embargos? Dos caminos diferentes para solventarlos

Redacción: Ana Martínez Perán - Periódico El Lorquino

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¿Cómo se pueden solucionar los embargos? Dos caminos diferentes para solventarlos

La situación económica en muchos hogares dista de ser la ideal. Contratos de trabajo precarios, dificultades para encontrar empleo y una tonelada de facturas por pagar cada mes hacen que la economía doméstica se convierta en todo un ejercicio de malabares con el único propósito de llegar a fin de mes con algo de oxígeno.  No son tiempos fáciles para muchas familias.

Eso lleva a que puedan surgir problemas con determinadas entidades a la hora de pagar. Los impagos de multas o tasas, de cualquier clase de deuda tributaria o incluso con la Seguridad Social, provocan que la Administración tome medidas y proceda a ejecutar embargos. Aunque, por lo general, se oye hablar de ellos cuando tienen lugar delitos económicos de gran magnitud, la realidad es que son procesos que se ejecutan con más frecuencia de lo que parece.

Los embargos de cuentas bancarias son retenciones del saldo de estas, o de parte del saldo, con el fin de poder liquidar una deuda contraída. Si bien es cierto que se ha de seguir un determinado protocolo y que siempre se debe dejar saldo restante para que el titular pueda realizar las transacciones habituales y no quedar en números rojos, también es cierto que hay casos en los que se puede optar por embargar determinados bienes.

Las autoridades estudian el patrimonio del deudor y, tras un análisis, proceden a embargar todos los bienes embargables que este pueda tener, hasta llegar al montante total de la deuda adquirida. Propiedades e incluso terrenos pueden formar parte de este proceso, aunque también hay otros bienes que no se pueden embargar.  La diferencia entre unos y otros es algo que dicta la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que se puede ver al completo gracias a la labor del equipo de Garanley.

Huelga decir que el embargo no es un proceso que se ejecute desde el primer momento. La Administración Pública suele realizar esta iniciativa cuando ya se dan una serie de impagos continuos en campos como los impuestos municipales o multas de tráfico. Todo lo que sean obligaciones económicas para con organismos públicos puede ser motivo de embargo si no se cumplen las responsabilidades.

¿Cómo se puede desbloquear un embargo?

La primera medida que se puede tomar frente a los embargos es reclamar. Los consumidores pueden realizar una reclamación al recibir la orden de embargo, apuntando directamente al Banco de España, para solicitar que se frene esta acción. Por supuesto, no es algo que siempre funcione, pero, en el último año, según los datos recogidos por el DCMR (Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones), hasta el 44,04% de las reclamaciones efectuadas han hecho rectificar a las entidades bancarias de España.

Se puede frenar todo este proceso y evitar esa retención de saldo o incluso reclamación de bienes. Aun así, en el caso de que optar por este proceso no sea viable, o no se obtenga la respuesta deseada, el mejor camino es liquidar la deuda de la forma más rápida y cómoda posible. En ese sentido, y dada la situación, la figura de los préstamos urgentes, como los que se ofrecen en www.credy.es, es la más adecuada.

El motivo es simple: son créditos online urgentes que puedes pedir desde el teléfono móvil o el ordenador. Apenas requieren datos para poder formalizar la solicitud y sus requisitos se limitan a cumplir con los pagos y con los intereses. El mayor punto a favor de este tipo de solución es que el ingreso de dinero se puede realizar al momento, por lo que resulta ideal para hacer pagos de urgencia, como es el caso de los embargos.

Aun así, hay ciertos matices importantes sobre este tipo de préstamos. Lo más destacable son sus intereses. Y es que, si bien es cierto que los hay con promociones al 0% de interés, suele ser porque están ligados a una cantidad fija de 300 euros y a un plazo de 30 días para devolverlos (aunque hay contadas excepciones), algo que suele no ser suficiente para este tipo de problemas con la Administración. En el caso de necesitar más, ya entran en juego unos intereses que a veces pueden ser realmente cuantiosos, con un porcentaje que a veces puede superar el 5%.

Pagar: la mejor solución

Solo hay dos vías para hacer que acabe todo el proceso del embargo. Durante todo 2018, las estadísticas han jugado bastante a favor del consumidor en las reclamaciones y, aunque el total de reclamaciones debido a hipotecas ha bajado considerablemente, pasando de un 81,4% de las reclamaciones en 2017 a un 33,27% en 2019, el riesgo de los embargos hipotecarios también está ahí si no se cumplen los pagos correspondientes. Reclamar es una opción, pero la mejor solución es pagar el importe que se debe para evitar que los problemas puedan ir a mayores.

Los embargos tienen una frecuencia más alta de lo que se piensa, y solucionarlos es algo que puede ser tan fácil como solicitar un crédito rápido para pagar cuanto antes el importe endeudado. Internet lo pone fácil gracias a la gran cantidad de plataformas que hay para ello, pero no se puede olvidar nunca la letra pequeña de estas soluciones económicas.

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