Lorca
Apoyo unánime en Lorca contra la violencia por las ideas de representantes políticos
El Ayuntamiento de Lorca aprueba una declaración institucional en repulsa de toda violencia en contra de cualquier representante político en defensa de sus ideas
Además, este texto recoge “la muestra de apoyo y solidaridad con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de las distintas administraciones públicas en el ejercicio de las labores constitucionalmente atribuidas de defensa de la seguridad y de la convivencia ciudadana”.
23 de febrero de 2021. El Pleno del Ayuntamiento de Lorca aprobaba, en su sesión correspondiente al mes de febrero, celebrada este lunes, 22 de febrero, una declaración institucional con el apoyo unánime de todos los grupos municipales con representación en el Ayuntamiento de Lorca.
En el texto se recoge que “la Corporación municipal del Ayuntamiento de Lorca rechaza toda manifestación violenta en contra de cualquier representante político en defensa de sus ideas, sean las que sean. Asimismo, muestra su profundo rechazo a cualquier acto de violencia, sea por la causa que sea, ya que ésta no puede justificar, en ningún momento, la agresión a los conciudadanos”.
“Asimismo, mostrar el apoyo y la solidaridad a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de las distintas administraciones públicas en el ejercicio de las labores constitucionalmente atribuidas de defensa de la seguridad y de la convivencia ciudadana. Y que se haga pública a los medios de comunicación esta declaración institucional”.
El alcalde de Lorca, Diego José Mateos, ha recordado que “el artículo 20 de la Constitución Española reconoce y protege los derechos de expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”, pero nunca mediante el uso de la violencia y siempre y cuando esa libertad de expresión no colisione con otros derechos, también recogidos en la Constitución Española, como el artículo 15 en el que se refleja que todos los españoles tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral; o el Artículo 18 que garantiza la protección al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar”.