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Aprueban el manual de instrucciones para las personas que integren las mesas electorales

Región de Murcia

Aprueban el manual de instrucciones para las personas que integren las mesas electorales

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, el manual de instrucciones para las personas que integren las mesas electorales que se constituirán como motivo de los comicios del próximo día 28 de mayo.

El documento, elaborado por el Ministerio del Interior, que ha asumido su elaboración, fabricación y distribución, ha sido ya supervisado por la Junta Electoral Central, antes de su aprobación por parte del Consejo de Gobierno.

En las próximas elecciones existirá una mesa electoral común y el manual de instrucciones para los miembros de las mesas electorales será único. Todo ello de acuerdo con el convenio de colaboración en materia de gestión electoral entre la Administración General del Estado y la Administración de la Región de Murcia, que está actualmente en fase de tramitación.

El manual se ha elaborado para que las personas puedan desempeñar correctamente las funciones que se derivan de su designación para integrar una mesa electoral y les será entregado con la notificación de su nombramiento como presidente o vocal.

El contenido se ha estructurado en tres partes: desarrollo de la jornada electoral y funciones de la mesa; incidencias que pueden producirse durante la jornada y soluciones; y modelos de material impreso de los que debe disponer la mesa electoral.

La mesa electoral se encontrará formada por tres personas: la que ostenta la presidencia y las dos que ejercen como vocales. Todos ellos tienen derecho a recibir una dieta de 70 euros, el permiso retribuido durante el día de la votación, si es laborable, y una reducción de cinco horas de duración en su jornada de trabajo del día después de las elecciones, en el caso de trabajar por cuenta ajena y en el caso del personal funcionario, así como protección del Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que pudieran derivarse de su participación en las elecciones.

Como garantía de la constitución de la mesa, para cada una de estas personas se designa dos suplentes. Los nueve deben acudir al local electoral a las 8.00 horas del día de la votación y una vez constituida, las personas suplentes que no hayan tenido que sustituir a las titulares pueden marcharse.

Habrá una urna para cada una de las dos elecciones convocadas: una para las elecciones municipales y otra para las elecciones a la Asamblea regional y en un lugar próximo se instalarán cabinas de votación.

En cuanto a los sobres y papeletas, los de los comicios municipales serán blancos y los de la Asamblea serán color sepia. Durante toda la jornada, y mientras dure la votación, debe haber en la cabina, o en una mesa auxiliar situada junto a esta, un número suficiente de sobres de votación y papeletas de todas y cada una de las candidaturas que se presentan a cada elección.

A las 9.00 horas, la Presidencia de la mesa, una vez que esta se encuentre debidamente constituida, anunciará el comienzo de la votación, con las palabras ‘empieza la votación’. Durante toda la jornada electoral debe haber, al menos, dos de sus componentes.

Asimismo, la Presidencia de la mesa anunciará en voz alta a las 20.00 horas que va a concluir la votación. Si esta se hubiese tenido que interrumpir, el horario de votación debe prorrogarse durante tanto tiempo como hubiese durado la interrupción. Si quedasen en el local electoral, o en el acceso al mismo, personas que todavía no hubiesen votado, se les dejará votar.

Acto seguido, la Presidencia introducirá en la urna respectiva los sobres que contengan las papeletas de voto remitidas por correo. A continuación, pueden votar las personas que integran la mesa, así como los interventores e interventoras que tengan derecho a votar en ella.

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Redacción de Periódico EL LORQUINO Noticias.

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