Conecta con nosotros

«Ilegal y abusivo» el cobrar a un tercero comisiones por ingreso en una cuenta bancaria.

Curiosidades

«Ilegal y abusivo» el cobrar a un tercero comisiones por ingreso en una cuenta bancaria.

Ana Martínez Perán. Periódico EL LORQUINO. 21/04/2016

Un juez de Chicana de la Frontera (Cádiz) considera de «carácter abusivo» la comisión de dos euros cobrada por una entidad bancaria a un tercero por realizar un ingreso en ventanilla en la cuenta de un cliente de dicha entidad.

banco

El pasado 8 de agosto de 2013, el abogado Jesús Pedro Vila se dirigió a una sucursal de Caixabank, en Chiclana de la Frontera, para realizar un ingreso de 25 euros en la cuenta del Registro Mercantil de Sevilla de esta entidad.

El cajero de la entidad informó a Vila de que el ingreso tenía una comisión de dos euros. El abogado protestó y el empleado le dijo que era parte de la política de la empresa y tenía derecho a reclamar por ello. En vez de reclamar, ingresó los 25 euros en la cuenta del Registro Mercantil y los dos euros al banco en concepto de comisión pero eso sí, interpuso la correspondiente demanda a la entidad bancaria.

Según alegó la entidad financiera, «informó al Banco de España de que está cobrando ese tipo de comisiones. Y que esta remunera el servicio prestado, una transferencia realizada desde la ventanilla, que se podía haber realizado también desde el cajero»
El juez argumenta que «es evidente que el ingreso de una determinada cantidad en la ventanilla de un banco no es una transferencia».

La sentencia dictada por el juez del juzgado mixto número 2 de Chiclana de la Frontera señala que «no ha quedado acreditado que la comisión cobrada al demandante responda a la prestación de servicio alguno». Añade que «El hecho de que un tercero acuda a una sucursal para hacer un ingreso en la cuenta de un cliente de la entidad no supone un servicio a ese tercero sino a su cliente».

Según Facua dicha comisión sería «ilegal y abusiva al incumplir el artículo 82 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias».

El juez ha obligado a la entidad a devolver los dos euros de comisión al demandante y considera «completamente ilegal cobrar dos veces por el mismo servicio ya que a su cliente,  le cobran comisiones por mantenimiento de la cuenta». Según el juez «ni la propia entidad demandada ha sido capaz de explicar acertadamente el servicio remunerado».

Redacción de Periódico EL LORQUINO Noticias.

Más de Curiosidades

To Top